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Edificio de Administración - Departamento de Desarrollo Comunitario
 
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L-Jue: 7:30AM - 5:00PM; Vie: 9:00AM-5:00PM
 
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(407) 742-0200
 
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Propietarios de viviendas

La información que se ofrece a continuación tiene por objeto presentar temas de interés para los propietarios de viviendas en el condado de Osceola. Gran parte de la información es alojada externamente por proveedores locales, estatales y nacionales.

Información sobre el amianto

El Código de Construcción de la Florida requiere un permiso de construcción para la demolición o renovación de una estructura existente que contenga asbesto. El permiso de construcción debe contener una declaración de notificación de asbesto que indique la responsabilidad del propietario u operador de cumplir con las disposiciones de la Sección 469.003, Estatutos de la Florida, y de notificar al Departamento de Protección Ambiental sus intenciones de eliminar el asbesto, cuando corresponda, de acuerdo con las leyes estatales y federales. El propietario de un edificio residencial puede calificar para una exención de licencia si cumple con las disposiciones de la Sección 469 .002 de los Estatutos de la Florida.

Declaración de divulgación del amianto

Capítulo 469, F.S. - Reducción del amianto

Departamento de Protección Ambiental: Central FL

Departamento de Protección Ambiental: Reglas del aire

Código Administrativo de Florida: Programa de Asbesto

Monóxido de carbono

EPA.gov: Protéjase del monóxido de carbono

Eficiencia energética

Departamento de Energía de los Estados Unidos: Eficiencia energética

Energy Star - Soluciones para la eficiencia energética

Exenciones para edificios agrícolas

Los edificios no residenciales en granjas están exentos del Código de Construcción de la Florida según lo dispuesto por la ley. A continuación encontrará enlaces a los Estatutos de la Florida para más información.

Capítulo 604 - Leyes generales de agricultura

Capítulo 604.50 - Edificios agrícolas no residenciales

Propietarios que actúan como contratistas

De conformidad con la sección 489.103 de los estatutos de la Florida, los propietarios están exentos del requisito de la licencia de contratación cuando actúan como su propio contratista y proporcionan ellos mismos una supervisión directa e in situ de todos los trabajos no realizados por contratistas con licencia. Esta exención tiene limitaciones específicas.

Declaración de divulgación

La ley estatal exige que la construcción sea realizada por contratistas autorizados. Usted ha solicitado un permiso en virtud de una exención a esa ley. La exención le permite, como propietario de su propiedad, actuar como su propio contratista con ciertas restricciones aunque no tenga una licencia. Usted mismo debe supervisar la construcción directamente en el lugar de la obra. Puede construir o mejorar una residencia unifamiliar o bifamiliar o una dependencia agrícola. También puede construir o mejorar un edificio comercial, siempre y cuando sus costos no excedan los $75,000. El edificio o la residencia debe ser para su propio uso u ocupación. No puede ser construido o mejorado sustancialmente para su venta o alquiler. Si usted vende o arrienda un edificio que ha construido o mejorado sustancialmente por sí mismo dentro de un año después de que la construcción se haya completado, la ley presumirá que usted lo construyó o mejoró sustancialmente para su venta o arrendamiento, lo cual es una violación de esta exención. No puede contratar a una persona sin licencia para que actúe como su contratista o para que supervise a las personas que trabajan en su edificio. Es su responsabilidad asegurarse de que las personas empleadas por usted tengan las licencias requeridas por la ley estatal y por las ordenanzas de licencias del condado o municipal. No puede delegar la responsabilidad de supervisar el trabajo a un contratista con licencia que no tiene licencia para realizar el trabajo que se está realizando. Cualquier persona que trabaje en su edificio y que no tenga licencia debe trabajar bajo su supervisión directa y debe ser empleado por usted, lo que significa que debe deducir el F.I.C.A. y la retención de impuestos y proporcionar la compensación de trabajadores para ese empleado, todo según lo prescrito por la ley. Su construcción debe cumplir con todas las leyes, ordenanzas, códigos de construcción y reglamentos de zonificación aplicables.

Viviendas fabricadas

Viviendas prefabricadas es el término utilizado para describir tanto las casas modulares como las móviles, ya que ambas se fabrican en una planta y se transportan al lugar. La mejor manera de identificar una es por el tipo de insignia que lleva la unidad, que representa el código o estándar con el que fue construida. El Programa de Edificios Manufacturados que incluye casas modulares es administrado por el Departamento de Asuntos del Consumidor de Florida (DCA). Una insignia del DCA indica que la casa modular fue construida en cumplimiento del Código de Construcción de Florida. El Programa de Casas Móviles es administrado por el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos de Motor de la Florida. Las Casas Móviles se construyen de acuerdo con el código federal del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD) que reemplaza los códigos de construcción estatales o locales. Tanto las casas modulares como las casas móviles requieren un permiso de construcción local para establecerse en cualquier lote.

Permiso para casa móvil residencial

FDCA: Edificios manufacturados

HUD.gov: Viviendas manufacturadas

Moho

Construir un mejor hogar: Casas resistentes a la humedad

El Departamento de Protección Ambiental de Florida

FreeFromMold.org

EPA.gov: Moho y humedad

Departamento de Salud de Florida: Moho y humedad

Extensión del UF IFAS: Humedad, Moho y Mildiu

Aprobación del producto

Haga clic aquí para obtener información sobre las homologaciones de productos.

Información sobre la velocidad del viento

Encontrará información sobre la velocidad del viento en nuestra página Códigos de edificación, normas y reglamentos.

Qué hacer cuando se contrata a un contratista

Cinco pasos para seleccionar un contratista

La mayoría de los contratistas de Florida son trabajadores, honestos, hábiles y confiables. Antes de contratar a un contratista para una nueva construcción o un trabajo de remodelación de una casa, la Oficina de Construcción del Condado de Osceola recomienda los siguientes pasos:

  1. Pida ver la licencia del contratista y anote el número de licencia para futuras referencias. Todos los contratistas con licencia deben presentarle una tarjeta de visita que debe contener el número de licencia del contratista.
  2. Consigue recomendaciones de amigos y vecinos. Utiliza un contratista local bien establecido. Pídale al contratista que le dé referencias. Luego llame a las referencias, haga preguntas y eche un vistazo al trabajo previo del contratista.
  3. Pregunte al contratista si la compañía está asegurada contra reclamaciones que cubran la compensación al trabajador, daños a la propiedad y responsabilidad general.
  4. Consiga todas las estimaciones por escrito! Las estimaciones deben ser muy específicas y deben incluir exactamente qué servicios obtendrá por el costo estimado. Si se utiliza un proceso de licitación, asegúrese de que los costos estimados se basan en el mismo conjunto de especificaciones. Consiga un contrato escrito que especifique todo el trabajo a realizar y asegúrese de que se incluya una fecha de finalización en el contrato.
  5. Asegúrate de ver el permiso de construcción antes de que empiece el trabajo. El permiso de construcción no debe estar a su nombre, sino al nombre del contratista. Nunca obtenga el permiso de construcción por sí mismo para el trabajo que realiza un contratista. Al hacerlo, usted asume todos los riesgos y será difícil recuperar el dinero por un trabajo inferior.

Cosas que hacer antes de firmar un contrato

  • Siempre se obtienen tres 3 ofertas o presupuestos antes de firmar un contrato o dar un depósito al contratista.
  • Cada contratista debe tener un número de contratista en su contrato que puede utilizar para verificar con nuestra Oficina de Licencias de Contratistas.
  • Asegúrate de que el trabajo a realizar esté por escrito en el contrato, independientemente de lo minucioso que sea.
  • Asegúrate de que todas las garantías estén listadas en el contrato, no verbales.
  • Asegúrese de leer toda la letra pequeña de su contrato y entenderlo, o pida a su contratista que se lo explique antes de firmar el contrato.
  • Incluya en el contrato que el contratista le suministrará una declaración jurada final de no gravamen cuando el trabajo esté terminado y al mismo tiempo le dará el pago final.

Señales de advertencia de que un contratista no tiene licencia

  • Los contratistas sin licencia pueden solicitar un gran pago inicial en efectivo, o un cheque a nombre de efectivo antes de hacer cualquier trabajo. Incluso pueden ofrecerse a llevarle al banco para obtener estos fondos.
  • Los contratistas sin licencia le pedirán que obtenga el permiso o le dirán que no lo necesita. Si llama a la Oficina de Construcción del Condado de Osceola, el personal estará más que feliz de aconsejarle si se requiere o no un permiso para su trabajo en particular.
  • Los contratistas sin licencia no suelen proporcionar al consumidor un contrato o garantía por escrito.
  • Los contratistas sin licencia no tendrán un número de contratista válido en sus contratos o anuncios.
  • Los contratistas sin licencia a menudo quieren hacer el trabajo de construcción los fines de semana.
  • Los contratistas sin licencia pueden prometerle un gran descuento si se inscribe inmediatamente.
  • Cuidado con un contratista que dice haber terminado un trabajo en la calle y tiene materiales sobrantes de ese trabajo que se ofrece a hacer el trabajo barato.
  • Tenga cuidado si un contratista tiene una dirección postal sin dirección, o da un motel local como su dirección.
  • Cuidado con la gente que quiere hacer una inspección gratuita de la casa. Verifique siempre que sean contratistas con licencia antes de permitirles hacer tales inspecciones.
  • Cuidado con las personas que solicitan hacer una reparación de techo, asfalto o revestimiento de textura de las entradas.
  • Los contratistas sin licencia no suelen tener un seguro de responsabilidad general o de compensación laboral.
  • Los contratistas sin licencia normalmente se dirigen a los ancianos, los no informados, los jóvenes y los inexpertos.
  • Los contratistas sin licencia normalmente usan furgonetas o camiones sin marcar.
  • A menudo, los contratistas sin licencia se vuelven abusivos y amenazadores cuando usted se niega a hacer negocios con ellos.
  • No dé un depósito o firme un contrato hasta que haya confirmado que el contratista tiene licencia. Pídale al contratista que le deje el contrato y vuelva al día siguiente. Esto le dará tiempo para revisarlo sin ser presionado o intimidado. Además, puede contactar con la Oficina de Construcción si sospecha un posible problema.