Descarga ilícita
Ordenanza para el agua limpia:
El Condado de Osceola tiene una Ordenanza de Descargas Ilícitas #08-28, que está diseñada para proteger las vías fluviales naturales del Condado de Osceola, prohibiendo que se coloque cualquier cosa excepto el agua de lluvia en el sistema de aguas pluviales.
¿Qué se permite en el sistema de aguas pluviales? | ¿Qué NO está permitido en el sistema de aguas pluviales por la Ordenanza #08-28? |
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Condensación A/C | Productos químicos para el automóvil y el hogar |
Agua de piscina desclorada | Agua de lavado de coches |
Descarga de las fuentes de agua potable | Petróleo |
Flujos de corriente desviados | Descargas industriales |
Irrigación del paisaje | Las aguas residuales de la lavandería |
Riego del césped | Hojas |
El aumento de las aguas subterráneas | Recortes de hierba y restos de césped |
El agua de lavado de la calle | Pesticidas y fertilizantes |
Agua subterránea no contaminada | Camada |
La limpieza de la línea de agua | Desechos de mascotas |
El agua de lavado del radiador | |
Derrames de accidentes de tráfico | |
Aguas residuales sanitarias | |
Efluentes de fosas sépticas | |
Agua de piscina clorada |
Informar de una descarga ilícita:
Contaminación Sólida - contacte con Residuos Sólidos al 407-742-7750
Contaminación Líquida - contacte a Recursos Naturales al 407-742-8650
Puedes ayudar a prevenir la contaminación del agua siguiendo los Hábitos Saludables para el Agua Limpia.