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Impuestos no ad valorem del distrito de desarrollo comunitario

Distritos de desarrollo comunitario

Un Distrito de Desarrollo Comunitario (DDC) es una estructura gubernamental con fines especiales creada para proporcionar infraestructuras, instalaciones públicas y determinados servicios dentro de un área designada. Los CDD suelen establecerse en zonas donde existe la necesidad de nuevas comunidades o urbanizaciones, como barrios residenciales, zonas comerciales o urbanizaciones de uso mixto. Estas cuotas se utilizan normalmente para reembolsar bonos emitidos para financiar la construcción, el funcionamiento y el mantenimiento de mejoras públicas como carreteras, sistemas de agua y alcantarillado, instalaciones de drenaje, instalaciones recreativas, paisajismo y más. Estos gravámenes se recaudan normalmente en el padrón anual del impuesto sobre bienes inmuebles a través del Método Uniforme de Recaudación.

El método uniforme de recaudación

El Método Uniforme de Recaudación se refiere a un enfoque estandarizado para recaudar las cuotas no ad valorem utilizado por varios distritos especiales, incluidos los Distritos de Desarrollo Comunitario (CDD). Este método proporciona una forma coherente y equitativa de recaudar las cuotas de los propietarios de estos distritos.

Los puntos clave sobre el Método Uniforme de Cobro de Florida son los siguientes:

  1. Cuotas no ad valorem: Son gravámenes que se imponen a las propiedades situadas en determinados distritos para sufragar servicios, infraestructuras o mejoras, como los que proporcionan los DCC. A diferencia de los impuestos sobre la propiedad basados en el valor de los bienes inmuebles (impuestos ad valorem), los gravámenes no ad valorem suelen basarse en el coste de servicios o instalaciones específicos de los que se benefician las propiedades.
  2. Recaudación normalizada: El Método Uniforme de Recaudación garantiza un proceso coherente de recaudación de estas cuotas no ad valorem. Especifica que estas cuotas se recaudan de la misma manera y al mismo tiempo que los impuestos ad valorem.
  3. Uniformidad y equidad: El objetivo de este método es garantizar la equidad y uniformidad en el proceso de recaudación de las cuotas. Proporciona a los propietarios una comprensión clara de sus obligaciones financieras dentro de un distrito especial.
  4. Facturación consolidada: Bajo el Método Uniforme de Recaudación, estas evaluaciones no ad valorem a menudo se incluyen en las facturas de impuestos a la propiedad emitidas por el recaudador de impuestos del condado. Esto permite a los propietarios pagar tanto sus impuestos ad valorem como sus gravámenes no ad valorem juntos, agilizando el proceso de pago.

Presentación del padrón fiscal de los distritos

Presentación del padrón fiscal

Todos los años, en abril, empezamos por consultar el sitio web del Departamento de Oportunidades Económicas de Florida para obtener información sobre los distritos recién constituidos. A continuación, nos ponemos en contacto con los responsables de la gestión de nuestros distritos para obtener información de contacto actualizada.

A finales de abril enviamos a las personas de contacto de los distritos actualizados una carta y una copia por correo electrónico con una lista del padrón de contribuyentes no inscritos de años anteriores en formato digital para ayudarles a preparar el nuevo padrón de cada distrito.

Si algún distrito necesita información actualizada de los límites del distrito o de las parcelas, o desea ser incluido en el aviso TRIM del condado, debe solicitarlo a Mark Whitaker, Administrador Senior de Bases de Datos, a mwhi@property-appraiser.org o al 407-742-5000 para obtener un archivo adicional de la oficina del Tasador de Propiedades. Ellos les ayudarán con la información actualizada del distrito, parcelas y propietarios.

Si usted está imponiendo un gravamen para ser cobrado a través del método uniforme de cobro por primera vez, por favor asegúrese de ponerse en contacto con las oficinas del Tasador de Propiedades y Recaudador de Impuestos para entrar en un acuerdo con su respectiva oficina. La Oficina de Administración y Presupuesto del Condado de Osceola (OMB) necesitará una copia de cada acuerdo ejecutado antes del 1 de agosto, a fin de aceptar el padrón fiscal certificado.

Aviso TRIM del distrito

Todas las entidades que tienen un Acuerdo Interlocal con el Condado de Osceola ya no están obligados a utilizar el proceso de notificación TRIM. Si desea utilizar el aviso TRIM del Tasador de la Propiedad para el rollo de impuestos para cualquiera de su(s) distrito(s), por favor póngase en contacto con Kenny Pennington, Jefe de Personal del Tasador de la Propiedad, inmediatamente en kpen@property-appraiser.org o 407-742-5000 para notificarle de su intención. Una vez que haya discutido la colocación de su lista de evaluación en el aviso TRIM con Kenny, por favor envíe la siguiente información antes del 5 de julio de 2024, a través de correo electrónico a Submissions@osceola.org.

Plantilla de rollos de recorte (xlsx)

Padrón fiscal del distrito

El estatuto de Florida requiere que la lista de evaluaciones no ad-valorem sea certificada al Recaudador de Impuestos antes del 15 de septiembre de cada año; por lo tanto, para dar tiempo suficiente a la OMB para cumplir con este requisito legal, debo tener cada una de sus listas de evaluaciones finales antes del 23 de agosto, es crucial que usted cumpla con este plazo para asegurar su inclusión en la lista certificada de evaluaciones no ad-valorem.

Sírvase presentar la siguiente información para el padrón de cada distrito respectivo en su padrón de evaluación final adoptado a más tardar el 23 de agosto, como se indicó anteriormente. Cualquier cambio necesario a la presentación tendrá que ser suficientemente completado y presentado a más tardar el 31 de agosto en cumplimiento con el Estatuto de Florida 190.021 (2).

  1. Una lista de evaluación electrónica en formato Excel adoptada por la respectiva Junta del CDD/EFBD
    Plantilla del padrón fiscal (xlsx)
  2. Presupuesto aprobado del Distrito
  3. La Junta aprobó la Resolución por la que se adopta el tipo de gravamen
  4. Formulario DR-408A original debidamente cumplimentado (certificado al padrón de cuotas no ad valorem) adoptado por la Junta de Distrito respectiva
    • Cada certificado debe incluir el total de ingresos a recaudar
    • Número total de parcelas evaluadas

Puede enviar su(s) rollo(s) certificado(s) por correo electrónico a Submissions@osceola.org.

Si tenemos conocimiento de alguna variación, haremos todo lo posible por notificárselo oportunamente. La Oficina del Tasador de Propiedades le enviará por correo una factura para cada uno de sus respectivos distritos por la tasa administrativa por los servicios prestados de conformidad con F.S. 197.3632 (2). La tarifa administrativa anual se determinará una vez que se haya(n) certificado el(los) padrón(es) de tasaciones. El coste anual no podrá superar el 2% de su recaudación total.

Si tiene más preguntas o dudas, envíenos un correo electrónico o llámenos al (407) 742-1800.

Distritos registrados

Los siguientes distritos están totalmente registrados a partir del 22 de febrero de 2024.

  • Parque Anthem
  • Bellalago
  • Bellaviva en Westside
  • Bridgewalk
  • Lagos de Brighton
  • Buena Lago
  • Celebración
  • ChampionsGate
  • Urbanización Concorde
  • Lagos Crescent 1
  • Lagos Crescent 3
  • Cruces
  • Edgewater Este
  • Empresa
  • Cresta Flora
  • Granjas Gramercy
  • Harmony
  • Armonía Oeste
  • Indian Creek
  • Punto Indio
  • Indian Ridge Villas
  • Knightsbridge
  • Lago Lizzie
  • Lago Live Oak
  • Lugar mágico
  • Reserva mágica
  • Old Hickory
  • Cadena de lagos Osceola
  • Osceola Village Center
  • Overoaks (Los Robles)
  • Portofino Vista
  • Cala Preston
  • Remington
  • Reunión Este
  • Reunión Oeste
  • Rolling Oaks
  • Shingle Creek en Bronson
  • Arroyo Shingle
  • Plantación Stevens
  • Stoneybrook Sur en Champions Gate
  • Stoneybrook Sur
  • Arroyo Storey
  • Distrito de administración de Sunbridge
  • Tapiz
  • Tohoqua
  • Ciudad de Kindred
  • Ciudad de Kindred II
  • VillaSol
  • Westside
  • Windsor en Westside
  • Barlovento

Información de Contacto

Si tiene más preguntas o dudas, envíenos un correo electrónico o llámenos al (407) 742-1800.

Los contactos que figuran a continuación sirven para establecer acuerdos con cada entidad:

Condado de Osceola - Cuotas especiales

407-742-1825
jeremy.bergeron@osceola.org

Oficina del Tasador de Propiedades del Condado de Osceola

https://www.property-appraiser.org/
407-742-5175
kpen@property-appraiser.org

Recaudador de impuestos del condado de Osceola

https://osceolataxcollector.org/
407-742-3962
itimmermann@osceola.org