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Servicios del Departamento de Transporte y Tránsito

El Departamento de Transporte y Tránsito del Condado de Osceola ofrece una amplia gama de servicios a los residentes, más allá de la construcción de carreteras y el trabajo para ampliar las opciones de tránsito en el Condado. Los residentes frecuentemente preguntan sobre la instalación de señales de alto, o luces de la calle u otras reparaciones relacionadas con la carretera. Si está interesado en cualquiera de los siguientes temas, por favor haga clic en el siguiente enlace para obtener un mapa de ruta que detalla la mejor manera de resolver su problema específico de transporte o tránsito.

Calmar el tráfico/señales de parada/baches de velocidad/señales de tráfico

Las solicitudes de dispositivos para calmar el tráfico, como badenes, semáforos, rotondas y/o señales de stop, pueden descargarse aquí. La solicitud es evaluada por el personal de Ingeniería de Tráfico del Condado para determinar si el lugar cumple con criterios específicos, incluyendo un estudio de velocidad, conteos de tráfico, longitudes de carreteras y un análisis de la velocidad media.

Si una solicitud de badenes cumple con TODOS los criterios de ingeniería, el solicitante y/o la HOA serán invitados por el Condado a reunir las firmas de al menos el 60 por ciento de los propietarios de los alrededores en apoyo del cambio propuesto. Esa petición y el análisis de ingeniería deben ser aprobados por la Junta de Comisionados del Condado de Osceola, dependiendo de la disponibilidad de fondos. La petición puede ser descargada en este enlace. Las señales de alto, las peticiones de semáforos y las reducciones de los límites de velocidad serán examinadas por el personal de Ingeniería de Tráfico del Condado para determinar si la ubicación es apropiada. En caso afirmativo, se realizará un análisis de la señal para determinar si la ubicación cumple con los criterios específicos detallados anteriormente.

Solicitud de dispositivos de calmado de tráfico Hoja de Petición para la Reducción del Tráfico

No hay señales de estacionamiento

Las carreteras del condado de Osceola son públicas y, a menos que se indique lo contrario, están disponibles para que los vehículos de motor se estacionen en el derecho de paso. No se permite que los camiones de doble rueda trasera se estacionen en el derecho de paso o en las calles a menos que sea necesario para evitar conflictos con otro tráfico, para cumplir con las directivas de la policía o mientras se realizan actividades de carga o descarga temporalmente. La mayoría de las infracciones de estacionamiento ya están contempladas en las leyes vigentes y no requieren la adición de señales adicionales de "No Estacionar". Los individuos, las comunidades y la HOA deben reportar las violaciones de estacionamiento a la División de Aplicación de Códigos del Condado de Osceola o al 407-742-0400 o a la oficina del Sheriff del Condado de Osceola al 407-348-1100.

La ordenanza de estacionamiento del Condado de Osceola puede ser revisada aquí.

Sólo después de que se demuestre que los esfuerzos de aplicación de la ley son ineficaces, el Condado considerará la posibilidad de crear una ordenanza separada o instalar señales de "No Estacionar". Estas solicitudes serán evaluadas caso por caso. Las HOA deben obtener la aprobación mayoritaria de los propietarios de viviendas en una petición en apoyo de la ordenanza y/o los carteles de No Estacionamiento, y también pagar por cualquier cartel suplementario que se requiera. Descargue la solicitud para los carteles de no estacionamiento a continuación.

Solicitud de señales de no estacionamiento

Señales de retroalimentación de la velocidad del radar

Los siguientes criterios deben cumplirse para calificar para la instalación de señales de retroalimentación de velocidad de radar: Un estudio de velocidad determina que la velocidad del percentil 85 (la velocidad a la que se observa que el 85% de todos los vehículos viajan en condiciones de flujo libre más allá de un punto controlado) excede el límite de velocidad indicado en al menos 10 millas por hora (o al menos 5 millas por hora en una zona escolar) Y el área está a menos de 500 yardas de un generador peatonal importante como una escuela, un parque, una biblioteca, un centro de ancianos; O el área es principalmente residencial o una zona peatonal muy transitada Y el límite de velocidad anunciado es de 35 mph o menos Y no hay otras señales de visualización dinámica de velocidad a lo largo de la ruta en un radio de 5 millas (excluyendo las señales dentro de las zonas escolares). Si se justifica, se instalarán señales de retroalimentación de velocidad montadas en postes en lugares estratégicos a lo largo del corredor durante dos años, después de los cuales se retirarán y se reubicarán en otros corredores donde se necesiten. La aplicación para el uso de estas señales puede descargarse a continuación.

Solicitud de señal de radar de velocidad

Lynx y SunRail

Para saber cuándo circulan los autobuses del Lynx o cuándo los trenes SunRail viajan hacia y desde el condado de Osceola, por favor visite www.golynx.com para información sobre los autobuses o www.SunRail.com para información sobre el tren de cercanías de la región. Para viajar en tren intraestatal e interestatal más allá de los condados de Volusia, Seminole, Orange y Osceola, por favor visite www.Amtrak.com.

Luces de la calle

Las nuevas luces de calle deben cumplir dos criterios: estar situadas en el lugar en que una carretera del condado se cruza con otra carretera y el límite de velocidad en cualquiera de las dos calles es superior a 45 millas por hora, o en el lugar en que mejoraría la seguridad pública; o cuando se encuentra una parada de autobús escolar en la que los niños esperan un autobús antes del amanecer. La solicitud y el examen por el Ingeniero del Condado están sujetos a la aprobación de la Junta de Comisionados del Condado de Osceola, dependiendo de la disponibilidad de fondos. Por lo general, el Condado de Osceola no instala luces de calle a menos que un proyecto de ampliación de una nueva carretera o de un camino requiera un componente de iluminación. Los residentes también pueden contactar directamente a su compañía de servicios públicos, y por una mínima cuota de mantenimiento mensual, conseguir que se instale un alumbrado público. Si está solicitando reparaciones a un alumbrado público existente, comuníquese directamente con su proveedor de servicios públicos.

Solicitud de solicitud de alumbrado público

Cámaras de luz roja

La seguridad pública es una de las mayores prioridades del condado, y las cámaras de luz roja en las intersecciones clave ayudan a hacer nuestras carreteras más seguras tanto para los residentes como para los visitantes de nuestra comunidad. Estas cámaras son otra forma en la que el Condado está usando la tecnología para mejorar la seguridad pública. Por favor, revise la lista de intersecciones donde hay cámaras de luz roja en el Condado de Osceola aquí.   

El condado de Osceola contrata a Verra Mobility (antes conocido como American Traffic Solutions o ATS), para proporcionar el programa de control de semáforos y cámaras de velocidad del condado. Por favor, revise las Preguntas Frecuentes aquí para obtener información sobre el programa, incluyendo diferentes opciones sobre cómo pagar y/o impugnar su violación.

El Condado de Osceola también despliega cámaras de tráfico en docenas de intersecciones adicionales en todo el Condado para monitorear los flujos de tráfico y ajustar las señales y otros dispositivos de control de tráfico en consecuencia. Tenga en cuenta que estas cámaras sólo monitorean las condiciones del tráfico en tiempo real en las carreteras locales, no tienen capacidad de grabación y no se utilizan para la aplicación de la cámara de luz roja. Las personas que busquen video de las cámaras de semáforo en rojo deben comunicarse directamente con Verra Mobility al 1-866-225-8875.

Carros de golf y dispositivos de micromovilidad

Por razones de seguridad, el uso de los carritos de golf no es legal en o a lo largo de las carreteras o aceras del condado. En ciertos casos, sin embargo, se permiten exenciones. El Condado de Osceola requiere que se complete un estudio antes de que una carretera o acera sea designada para el uso de los carritos de golf o que un vecindario sea designado como una comunidad de carritos de golf. Para obtener más información sobre cómo facilitar el uso de los carritos de golf en su vecindario, por favor vea la política y la solicitud a continuación.

Política y aplicación de los carros de golf

El Condado de Osceola permitirá el funcionamiento de dispositivos de micromovilidad de alquiler, más comúnmente conocidos como patinetes y bicicletas motorizadas, bajo ciertas condiciones en determinadas zonas del Condado. Para obtener información sobre la ordenanza del condado que regula los dispositivos de micromovilidad, consulte el siguiente enlace.

Ordenanza sobre dispositivos de micromovilidad

Para obtener información sobre las tasas asociadas a un estudio de ingeniería de dispositivos de micromovilidad requerido, haga clic aquí.

Señales de orientación turística (TODs)

Un cartel de TOD ayuda a la gente a localizar y encontrar negocios turísticos en el condado de Osceola. Los negocios turísticos que reciben la mayoría de sus ingresos de los visitantes o de las personas que no viven en el área inmediata que deseen instalar dichos letreros deben descargar la solicitud que aparece a continuación y revisar las calificaciones.

Solicitud de signos de TOD

Los niños en las señales de juego

Los letreros de "Children at Play" (y similares) no son reconocidos por el Departamento de Transporte de Florida ni por la Administración Federal de Carreteras como dispositivos oficiales de control del tráfico y no se han instalado en las carreteras del condado o públicas desde 2009. Los estudios muestran que los conductores ya esperan la presencia de niños en las zonas residenciales y que los letreros tienen un efecto insignificante. Las señales también pueden crear una falsa sensación de seguridad para los padres y los niños; y pueden sugerir que jugar en o al lado de una carretera es un comportamiento aceptable.