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Preguntas Frecuentes sobre el Pedido de Safer-At-Home

Este pedido de Safer at Home ya no está en vigor. Vuelva a la página de inicio de Información de Covid-19 para ver anuncios relevantes y actualizados.


Orden Ejecutiva del Estado de Florida 20-91

¿Cuándo entró en vigor el decreto del Gobernador y cuánto tiempo durará? 

La Orden Ejecutiva del Gobernador entró en vigor el viernes 3 de abril de 2020, a las 12:01 a.m. y durará hasta las 12:01 a.m. del lunes 4 de mayo.

¿Qué significa el decreto del Gobernador para mí y mi familia?

Debe permanecer en su casa excepto para obtener o proporcionar servicios esenciales o participar en actividades esenciales.

Preguntas para empresas y organizaciones religiosas

¿Cómo sé qué es lo que califica como un servicio esencial?

La lista completa de servicios esenciales se encuentra en línea en el sitio web de desastres de Florida.

Si mi negocio no es un servicio esencial, ¿debo cerrar el lugar físico a los clientes?

Sí, su negocio debe estar cerca de los clientes si no es un servicio esencial.

¿Pueden mi empresa y sus empleados operar a distancia y proporcionar la entrega de nuestro producto?

Sí, se alienta a todas las empresas a que hagan entregas o recogidas y a que tomen los pedidos en línea o por teléfono.

¿Necesita mi empresa un permiso u otra documentación para permanecer abierta?

No, no necesita un permiso especial u otra documentación para permanecer abierto.

¿Se permite a los restaurantes u otros vendedores de alimentos o bebidas continuar con los servicios de comida para llevar y de entrega a domicilio?

Sí, puede seguir prestando servicios de comida para llevar y de entrega a domicilio siempre y cuando siga las directrices del Departamento de Regulación Profesional y de Negocios de Florida (DBPR).

¿Pueden las iglesias, sinagogas u otras casas de culto celebrar servicios?

Sí, pero el Centro para el Control de Enfermedades (CDC) te anima a seguir la guía especial para las organizaciones religiosas.

¿Puede la guardería permanecer abierta?

Sí, para los empleados que trabajan en empresas u operaciones que son servicios esenciales, en la medida en que esas guarderías son un distanciamiento social.

 

Preguntas para los residentes

¿Cómo sé qué es lo que califica como un servicio esencial?

La lista completa de servicios esenciales se encuentra en línea en el sitio web de desastres de Florida.

¿Cómo sé qué es lo que califica como una actividad esencial?

El decreto del Gobernador enumera como actividades esenciales las siguientes:

  • Asistir a los servicios religiosos realizados en iglesias, sinagogas y casas de culto.
  • Participar en actividades recreativas (de acuerdo con las directrices de distanciamiento social) como caminar, montar en bicicleta, hacer excursiones, pescar, cazar, correr o nadar.
  • Cuidar de las mascotas.
  • Cuidar o ayudar de otra manera a un ser querido o amigo.

La lista completa se puede encontrar en el sitio web de desastres de Florida.

¿Pueden los ancianos y las personas con problemas médicos importantes salir de sus casas para ir al supermercado o a la farmacia, o para dar un paseo, o para ir a trabajar a un servicio esencial?

Sí - pueden abandonar sus hogares cuando sea necesario para obtener o proporcionar servicios esenciales o realizar actividades esenciales.

¿Puedo hacer ejercicio al aire libre o participar en actividades recreativas?

Sí, si sus actividades son consistentes con las pautas de distanciamiento social.

¿Puedo visitar o viajar a un familiar?

Sí, si los cuida o los ayuda de alguna otra manera.

Gobernanza local y aplicación de la ley

¿Cómo se hace cumplir la Orden Ejecutiva del Gobernador?

Se ha encomendado a las fuerzas del orden la tarea de hacer cumplir la orden ejecutiva. La violación de la Orden Ejecutiva es un delito menor de segundo grado.

¿Necesito un permiso especial para salir de mi casa si voy a un servicio o actividad esencial?

No, no se requiere un permiso especial. Algunas empresas pueden proporcionar cartas a los empleados para aclarar que su negocio es esencial; sin embargo, no es necesario.

¿Dónde puedo denunciar un negocio que viole la Orden Ejecutiva del Gobernador?

Puede denunciar las violaciones en la Oficina del Sheriff del Condado de Osceola al 407-348-2222.