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Distritos de desarrollo comunitario

La autoridad para un Distrito de Desarrollo Comunitario (CDD) fue establecida por la "Ley de Distrito de Desarrollo Comunitario Uniforme de Florida de 1980". Según lo autorizado por los Estatutos de Florida, capítulo 190, un CDD es un marco gubernamental independiente, local y con fines especiales, y es un mecanismo de financiación para proporcionar y mantener los servicios en una nueva comunidad. Un CDD es creado por un promotor inmobiliario que solicita a la Junta de Comisionados del Condado la adopción de una Ordenanza, que se anuncia para ser considerada en una audiencia pública.

El CDD es una entidad legal con el poder y el derecho de celebrar contratos; de poseer bienes inmuebles y personales; de adoptar estatutos, normas y reglamentos y órdenes; de demandar y ser demandado; de obtener fondos mediante préstamos; de emitir bonos; de imponer gravámenes e impuestos sobre la propiedad dentro del Distrito. La Junta de Supervisores es elegida por los propietarios del Distrito. La Junta de Supervisores debe cumplir con los reglamentos y procedimientos de los gobiernos locales, incluidas las leyes estatales de ética y divulgación financiera. La Junta de Supervisores establece anualmente los impuestos y las cuotas, que se detallan en la declaración de impuestos sobre la propiedad, además de los impuestos y las cuotas del condado y otros gobiernos locales, según lo dispuesto por la ley.

Un Gerente de Distrito, contratado por la Junta de Supervisores, es responsable de las operaciones diarias del CDD. De acuerdo con los Estatutos de la Florida 189.069, los Distritos Especiales mantendrán un sitio web oficial con dicha información para el acceso del público

Para obtener información sobre una DDC de una comunidad específica, busque en la web utilizando el nombre de la comunidad seguido del distrito de desarrollo comunitario o de la DDC.